Los patinetes son Vehículos de Movilidad Personal (MVP) son vehículos de una o más ruedas dotadas de una única plaza y propulsados exclusivamente por motores eléctricos con una velocidad máxima por diseño comprendida entre 6 y 25 km/h.
Normativa básica
Pese a que cada Ayuntamiento puede regular, de una manera específica, la circulación de VMP, todos los usuarios deben cumplir unas condiciones mínimas que veremos a continuación.
Prohibiciones
- Prohibido que circulen por aceras
- Prohibido que circulen por zonas peatonales
- Prohibido que circulen por travesías
- Prohibido que circulen por vías interurbanas o túneles de ámbito urbano
¿Por dónde puede circular un patinete eléctrico?
- Las vías autorizadas para circular las indicará una ordenanza municipal.
- Si no la hubiera, se permite la circulación por cualquier calzada urbana.
Infracciones y sanciones
- Conducir un patinete eléctrico bajo los efectos del alcohol o las drogas será sancionado con una multa de entre 500 y 1.000 €.
- De 500 a 1000 € en base a la tasa de alcohol
- De 1.000 € si se trata de drogas
NOTA
Si se da positivo, el vehículo quedará inmovilizado, tal y como ocurre con el resto de vehículos.
- Si se utiliza el teléfono móvil mientras se conduce el patinete conlleva una multa de 200 €
- Conducir con auriculares, sin alumbrado o prendas reflectantes o no se lleva casco será sancionado con 200 € si la ordenanza municipal así lo indica.
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Requisitos técnicos del vehículo
Todos los VMP deberán llevar un certificado de circulación para garantizar unos mínimos requisitos de seguridad.
Es obligatorio que el VMP disponga de:
- Sistema de frenado
- Dispositivo de advertencia acústica (timbre)
- Luces y dispositivos reflectantes traseros y delanteros.
Se aconseja, además:
- El uso del casco, aún cuando la ordenanza municipal no lo contemple como obligatorio.
- Seguro de responsabilidad civil.
Te dejamos un vídeo de la DGT que responde muchas de las dudas sobre la normativa que debes conocer para los patinetes eléctricos.