Si no estás seguro de qué repuestos son obligatorios de llevar en tu vehículo, en este post te lo resolvemos.
Repuestos obligatorios en turismos, vehículos mixtos y los destinados al transporte de mercancías hasta 3500kg (excepto los vehículos de tres ruedas y cuadriciclos):
- Dos dispositivos portátiles de preseñalización de peligro, comúnmente conocidos como los triángulos. Estos triángulos pueden ser sustituidos por el dispositivo luminoso v16.
- Chaleco reflectante. Este chaleco debe estar homologado según el Real Decreto 1407/1992, de 20 de noviembre y conforme con la norma UNE EN 471, mínimo clase 2. Hay que tener en cuenta que, si se realizan actividades de vehículo piloto de protección y acompañamiento, se deberán chalecos para el conductor y todos los miembros del personal auxiliar.
- Una rueda de repuesto con las herramientas para poder cambiarlas y ponerlas.
Repuestos obligatorios en autobuses, vehículos mixtos y automóviles destinados al transporte de mercancías de más de 3500kg, así como vehículos no especiales:
- Dos triángulos de preseñalización de peligro.
- Chaleco reflectante. Al igual que en el anterior punto, si se van a realizar actividades de vehículo piloto de protección y acompañamiento, se deberán llevar chalecos para todos.
- Equipo de extinción de incendios. Deberá estar homologado y en perfectas condiciones de uso.
Recuerda que, en cualquiera de estos dos casos, si se trata de motocicletas y ciclomotores, no será obligatorio llevar repuestos.
¿Es obligatorio llevar bombillas o luces de repuesto en el coche?
No, desde el 21 de enero de 2010 ya no es obligatorio llevar bombillas o luces de repuesto en el coche, y, por consiguiente, tampoco es necesario llevar las herramientas o kits necesarios para su instalación.
Multas por no llevar los repuestos obligatorios
Por supuesto, al tratarse de una obligación, no llevar los repuestos obligatorios en tu vehículo conllevará de una multa o sanción:
- Multa por no llevar los repuestos obligatorios en turismos, vehículos mixtos y los destinados al transporte de mercancías hasta 3500kg (excepto los vehículos de tres ruedas y cuadriciclos):
- Por no llevar triángulos: 200€.
- Por no llevar chalecos: 200€
- Por no llevar la rueda de repuesto: 200€.
- Multa Repuestos obligatorios en autobuses, vehículos mixtos y automóviles destinados al transporte de mercancías de más de 3500kg, así como vehículos no especiales:
- Por no llevar triángulos: 200€.
- Por no llevar chalecos: 200€
- Por no llevar la rueda de repuesto: 200€.
¿Es obligatorio llevar gafas de repuesto en el coche?
No, no es obligatorio llevar gafas de repuesto en el coche. Es cierto que hace años sí era algo obligatorio, pero actualmente esa norma ya no está en vigor.
Únicamente es obligatorio llevar gafas si tras el reconocimiento psicotécnico se ha determinado que necesitas hacer uso de:
- 01.01 – Gafas
- 01.02 – Lentes de contacto
- 01.03 – Cristal de protección
- 01.04 – Lente opaca
- 01.05 – Recubrimiento del ojo
- 01.06 – Gafas o lentes de contacto
Se trata de 6 tipos de asistencia visual que puede necesitar un conductor.
En el caso de necesitar esta asistencia visual, estar circulando sin ella, conllevará una multa de 200€.